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World Library and Information Congress:

70th IFLA General Conference and Council

22-27 August 2004

Buenos Aires, Argentina

Programme: http://archive.ifla.org/IV/ifla70/prog04.htm

Hacia un Ideal: Pasos para mejorar el acceso

Victoria Owen

Director, CNIB Library

Toronto, Canada

Victoria.owen@cnib.ca

Resumen: La Biblioteca del Instituto Nacional Canadiense para Ciegos (CNIB), líder en el desarrollo de servicios de biblioteca para personas ciegas y personas que no pueden leer texto impreso, ha emprendido dos planes innovadores para adquirir contenido digital de las editoriales, con el objetivo de facilitar la producción de materials en formato alterno, como braille, texto electrónico y audio. La Biblioteca del CNIB ha adquirido los derechos de acceso a los archivos de cinco editoriales canadienses. La Biblioteca también está participando en un proyecto piloto de cubrimiento nacional para establecer una Central de Información (Clearinghouse) que permita el accesso de los productores de materiales en formato alternativo a los archivos de las casas editoriales. Estas dos soluciones creativas presentan un potencial que puede ser ser usado como modelo por otras bibliotecas para ciegos en el mundo

Fundada en 1906 , La Biblioteca para Ciegos del CNIB, es una organización sin ánimo de lucro, con cubrimiento nacional, que ofrece servicios gratuitos de biblioteca e información a una población aproximada de 3 millones de canadienses, que son ciegos, visualmente discapacitados o no pueden leer texto impreso. La Biblioteca del CNIB, un reconocido líder entre las bibliotecas para ciegos, es uno de los mayores productores de materiales en formato alterno en el mundo y circula mas de 1.2 millones de materiales cada año. Su colección, la cual está siempre en constante crecimiento, incluye libros en braille, audio y una amplia variedad de materiales electrónicos y digitales.

Para ofrecer servicios de biblioteca, el CNIB transcribe libros e información en audio, braille y formato electrónico. La adquisición y transformación de contenidos hacen necesario que se conozcan las regulaciones relacionadas con los derechos de autor y los términos de los convenios de licencias en Canadá y en todas las jurisdicciones de las cuales el CNIB compra y adquiere materiales.

La Ley de Derechos de Autor de Canadá (Canadian Copyrigth Act, CCA) es el marco legal nacional en el cual el CNIB opera. En 1997 esta ley fué actualizada e incluyó la Sección 32(1) Personas con Incapacidades Perceptuales para las cuales se hace la reproducción en formato alterno. La Sección 32 establece:

32. No es una violación a los derechos de autor el que un individuo, a solicitud de una persona con una incapacidad perceptual, o para una organización sin ánimo de lucro actuando en beneficio de esta persona:

  1. haga una copia o una grabación sonora de un trabajo literario, musical, artístico o dramático, excepto un trabajo cinematográfico, en un formato especialmente diseñado para personas con una discapacidad perceptual;
  2. traduzca, adapte o reproduzca en el language por señas un trabajo literario o dramático, excepto un trabajo cinematográfico, en un formato especialmente diseñado para personas con una discapacidad perceptual; o
  3. presente públicamente una obra literaria o dramática , excepto un trabajo cinematográfico, en el lenguage de señas , ya sea en vivo o en un formato especialmente diseñado para personas con discapacidades perceptuales.

Limitación (2)

Subsección (1) no se autoriza la producción de libros en macrotipo.

Limitación (3)

Subsección (1) esta legislación no se aplica cuando el trabajo o la grabación sonora se encuentran disponibles en el comercio en un formato especialmente diseñado para satisfacer las necesidades de cualquier persona mencionada en esa subsección, dentro del significado del parágrafo (a) de la definición de "comercialmente disponible"

Posteriormente, La Ley Canadiense de Derechos de Autor define "discapacidad perceptual" como cualquier discapacidad que impide o inhibe a una persona para leer o escuchar un trabajo literario, musical, dramático o artístico en su formato original, e incluye una discapacidad que es resultado de

  1. daño severo o total de la vista o el oido o la inhabilidad de enfocar o mover los ojos
  2. la inhabilidad de sostener o manipular un libro
  3. Un daño relacionado con la habilidad de comprender.

Esta importante adición a la Ley fue originada por una revisión de la legislación preliminar. Este poco común y extraordinario evento se convirtió en realidad gracias una intensa campaña por parte de la comunidad de ciegos canadienses, que lograron hacer incluir en la ley, lo que habia estado en existencia en noventa años de práctica. Sin embargo, hubo una oposición poderosa y muy bien financiada. La colectividad Canadiense de Derechos de Autor se opuso firmemente a cualquier excepción. A pesar de esta oposición se estableció una campaña nacional para informar a los miembros del parlamento y a los miembros del Comite Permanente del Parlamento. Representantes del CNIB se reunieron con el Presidente del Comité. Cada miembro del Comité fué contactado por una persona ciega en los distritos electorales locales y en las audiencias públicas sobre derechos de autor. Las personas ciegas llenaron las audiencias. Su objetivo fueron los mas influyentes Miembros del Parlamento en sus propios distritos electorales.

La presentación del CNIB ante el Comité Permanente, eloquente y con argumentos técnicos y legales muy sólidos, basada en la Carta Canadiense de Derechos y Libertades (Canada’s Charter of Rights and Freedoms) y en el principio de que igualdad verdadera solo existe cuando todas las personas pueden pagar por la copia de un libro al mismo precio. La mejor alternativa es publicaciones totalmente accesibles, disponibles en el comercio al mismo tiempo y al mismo precio que la version impresa.

La exención de derechos de autor cambió la manera como la Biblioteca del CNIB conducía sus operaciones. Antes del cambio a la Ley de Derechos de Autor el CNIB obtenía todos sus permisos para material publicado en Canadá a través de CanCopy (actualmente "Access Copyright"). El material producido internacionalmente, adquirido por el CNIB de otras organizaciones productoras de formato alterno (Royal National Institute for the Blind en el Reino Unido, Biblioteca del Congreso en Estados Unidos, etc.) requería también la obtención de permisos, los cuales fueron obtenidos de las editoriales. En los Estados Unidos, La Biblioteca del Congreso obtuvo la autorización para la producción de formato alterno para ambos paises, Canadá y Estados Unidos. El CNIB compra aproximadamente el 60% de su colección a la Biblioteca del Congreso, por lo cual la eliminación de este trámite constituyó una ventaja muy importante para el CNIB.

Sin embargo, una vez la enmienda Chafee (1996) fué pasada en los Estados Unidos, eliminando la exigencia de la obtención de permisos para la producción de formato alterno en este país, el CNIB tenía que obtener permisos de derechos de autor para cada título que éste planeará comprar. Un año mas tarde, se promulgaron los cambios a la Ley Canadiense de Derechos de Autor y entonces para el CNIB ya no fué más necesaria la obtención de permisos para los materiales producidos en Canadá. Una vez suprimidas las restricciones nacionales, la obtención de permisos para los materiales internacionalmente adquiridos fué manejada a través de la organización compradora. Entonces, todas las solicitudes coordinadas de permisos fueron suspendidas.

El efecto que la enmienda a la Ley Canadiense de Derechos de Autor de 1997 tuvo en el trabajo de el CNIB, fué que la producción de las copias en formato alterno de material canadiense pudo llevarse a cabo sin ninguna infracción a los derechos de autor.

De acuerdo con David Vaver en la Legislación sobre Derechos de Autor (Conceptos Esenciales sobre Derecho Canadiense) se pueden hacer copias en cualquier formato, incluido el formato digital, y éstas pueden ser hechas con fines de lucro o gratuitamente, a solicitud de una persona discapacitada. La obtención de permisos era requerida cuando el material se encontraba disponible en el comercio en un formato diseñado especificamente para satisfacer las necesidades de esta persona.

Para aprovechar en todos sus beneficios la oportunidad de producir mas contenido en formato alterno a través de contenido digital, suprimiendo el paso de la digitalización del proceso de producción, el CNIB estableció un contrato en 1999, que proponía a las editoriales canadienses la adquisición de contenido canadiense en formato digital, directamente de las editoriales. Entonces, el CNIB propuso comprar los archivos directamente a las editoriales, eliminando asi el proceso de escaneo de la copia impresa y obteniendo un archivo matriz para la producción de braille, audio y texto electrónico. Posteriormente, el CNIB seleccionó muy cuidadosamente las editoriales a contactar.

El CNIB tiene un perfil claramente establecido en Canadá, como la única biblioteca productora de libros en formato alterno. A través de los años la Biblioteca ha establecido conexiones con editoriales y autores a través de los premios anuales otorgados a los mejores libros en audio y otros eventos. El mayor éxito fué involucrar editoriales con las cuales el CNIB ya tenía conexiones. Posteriormente, se firmaron contratos y arreglos informales fueron adelantados con cinco editoriales Canadienses.

En el curso de los arreglos para la adquisición de los archivos de las editoriales, el CNIB encontró que las editoriales seguian un manejo distinto de los derechos y los permisos. Los contratos firmados y los arreglos alcanzados se tuvieron que adaptar a los requerimientos de cada editorial. Todos los contratos eran únicos. El costo por título varió desde un costo muy alto, a no costo. El costo de las copias impresas, necesarias para el proceso de producción, también varió desde no costo, hasta el costo regular ofrecido a las bibliotecas (40% de descuento). Los archivos electrónicos eran enviados por correo electrónico a través de un servidor FTP y en CD. El formato mas conveniente para el CNIB era el formato HTML, sin embargo ninguna de las editoriales tenía los archivos en este formato por lo que éstos fueron entonces enviados en formatos Quark y PDF. Algunas editoriales integraron las copias impresas con los archivos. Para otros, las copias impresas fueron adquiridas a través de un proceso separado, en algunos casos de un vendedor distinto. La entrega de los archivos fué coordinada al tiempo de edición de los libros, sobretodo en la primavera y el otoño. Sin embargo, la editorial lider en el género de romance entregaba sus archivos mensualmente, confirmando que el amor no tiene estación alguna.

El CNIB tambien encontró que las editoriales no eran conscientes de la excepción de la Ley Canadiense de Derechos de Autor en relación con la "discapacidad perceptual" y mostraron una tendencia a poner restricciones que iban más allá del límite de la Ley. Ninguna restricción afectó el uso del material para usuarios contemplados en la Ley, sin embargo, una editorial rechazó la producción de braille desde un archivo electrónico. Al mismo tiempo, una editorial proporcionó derechos de producción a todas las bibliotecas para ciegos a nivel mundial. El CNIB tiene arreglos con cinco editoriales canadienses y la producción digital de materiales ha mejorado notablemente el acceso a nuevo contenido canadiense (material producido por canadienses o sobre canadienses) al igual que la rapidéz de la producción.

El CNIB ha expresado a las editoriales que esta situación protegerá el contenido digital a través del reconocimiento y observancia de los requisitos legales, implementará un sistema de administración y protección a los derechos de autor carente de obstáculos y en el futuro se logrará la aplicación de una plataforma de niveles a la administración de los derechos de autor. Norma generalmente aceptada por todas las bibliotecas para ciegos.

Las prácticas del CNIB estan sustentadas en los siete puntos del sistema de pirámide de la Administración de Derechos Digitales (Digital Rights Management, DRM) desarrollada por la Asociación Americana de Editoriales, el cual constituye un formato pre-diseñado para todos los niveles de protección disponibles. En la base de la pirámide estan los derechos de autor. Este nivel especifica derechos y excepciones. El segundo nivel es el contrato, el cual define los términos de uso. El siguiente nivel es el uso de passwords o contraseñas, el cual provee seguridad básica. El cuarto nivel es la inclusión de códigos digitales que son imperceptibles a primera vista y leibles solamente por computador y software especiales (Watermarking), este nivel identifica activos, marcándolos como propiedad del CNIB. El quinto nivel es la Encripción, sistema que usa algoritmos para cifrar o esconder contenidos. Este nivel introduce la interferencia con la tecnología de accceso (lectores de voz). El sexto nivel es "fingerprinting" el cual emplea información personal para determinar la legitimidad del usuario. El séptimo y último nivel de protección son los derechos del usuario final, el cual especifica lo que el usuario puede hacer (leer, copiar, etc).

El CNIB ha avanzado ya en el desarrollo de los tres primeros niveles de la pirámide. Sus contenidos y grupos de usuarios reconocen y observan las regulaciones de la Ley Canadiense de Derechos de Autor. Todos los usuarios deben aceptar los términos de uso antes de conectarse a la Biblioteca Digital. Igualmente, el contenido digital del CNIB está protegido por un password o contraseña específico.

Los niveles posteriores de protección serán implementados siempre y cuando no interfieran con el accesso. La Encripción invalida la opción de formatos y requiere una considerable intervención del usuario final, lo que puede ser un obstáculo para el perfil de la comunidad de usuarios. En el futuro el CNIB planea la inclusión de códigos digitales (Watermarking), el uso de la técnica de "Fingerprinting" y la definición de los derechos del usuario final.

Posteriormente, el CNIB participará en los Protocolos de "Trusted Computing Platform Alliance". El conjunto de normas de este grupo confirma los cuatro niveles de seguridad: el computador es legítimo (no un pirata informático), la identidad del usuario es autenticada, el servidor es reconocido como legítimo y el uso del contenido es definido. Una vez un nivel aceptable de cumplimiento y un sistema de administración de los derechos, carente de obstáculos, es puesto a funcionar, el aprovechamiento de los recursos a nivel internacional es mas factible.

La iniciativa adelantada por el CNIB junto con las editoriales canadienses, estableció un modelo de acceso al contenido digital, fundamentado en unas relaciones de confianza e interés mutuo, por el acceso del usuario final a los libros y a la información. El CNIB es una organización muy reconocida a nivel nacional y siempre ha actuado de conformidad con las regulaciones de los derechos de autor. Esto ha convertido esta organización en el principal proveedor de servicios de biblioteca en formato alterno. El CNIB es uno de los más mportantes participantes en un nuevo proyecto piloto, propuesto por la Biblioteca y el Archivo Nacional de Canadá.

Este proyecto tuvo su origen en el informe presentado en el año 2000 por el Grupo de Trabajo sobre Acceso a la Información para Canadienses que no pueden Leer Texto Impreso5. Este Grupo de Trabajo recomendó al Gobierno de Canadá establecer y financiar una Central de Información (Clearinghouse) en la cual las editoriales canadienses facilitarian el acceso a materiales disponible en texto electrónico. Como resultado de esta recomendación el Consejo sobre Acceso a la Información para Canadienses que no Pueden Leer Texto Impreso comisionó y ratificó la implementación de un plan para el establecimiento de una Central de Información para Canadienses que no pueden leer texto impreso6.

El objetivo de este proyecto piloto es solucionar la desigualdad a la que se enfrentan tres millones de canadienses que no pueden leer texto impreso y que requieren libros en formato alterno para tener acceso a la información. Actualmente menos del 5 % de los libros publicados se encuentra disponible en formato alterno. El acceso a la lectura recreativa y a materiales educativos, lo mismo que a material para educación continuada es limitado y frequentemente publicado con serios retrasos.

Este proyecto ha sido posible gracias a las relaciones de cooperación

existentes entre los distintos grupos y entidades participantes. El Consejo de Editoriales Canadiense (Canadian Publisher’ Council), trabajando con la Asociación Canadiense de Editoriales (Association of Canadian Publishers) y Acceso a los Derechos de Autor (Access Copyright) suministrarán el enlace con la comunidad de editoriales. Las organizaciones productoras de formato alterno (bibliotecas para ciegos, escuelas para ciegos, departamentos provinciales de educación e instituciones de post-secundaria) y la Biblioteca y Archivo Nacional de Canadá representan a la comunidad de usuarios.

El plan es simple y establece procedimientos especifícos para la solicitud de títulos:

  1. Identificación del título a buscar
  2. Búsqueda en el Catálogo Colectivo Nacional de Materiales en Formato Alterno (AMICUS)
  3. Si el título es encontrado, se solicitará a través de los protocolos de préstamo interbibliotecario y entrega de documentos.
  4. Si el título no se encuentra en AMICUS, uno de los productores solicitará a "Access Copyright" (el gremio de Derechos de Autor canadiense) contactar a la editorial específica y solicitar que el archivo sea enviado al productor de formato alterno.
  5. Al recibir el archivo, el productor reporta la adquisición de éste a AMICUS , con el fin de actualizar los datos sobre la localización del mismo.
  6. Una vez la producción del formato alterno es terminada, AMICUS es actualizada nuevamente con la información específica de éste y el productor emprende la tarea de proveer un almacenamiento seguro para todos los archivos y pone éstos a disposición de otros productores.

Las ventajas son claras:

Acceso a los archivos matriz de las editoriales

Las editoriales son contactadas solo una vez por cada título

Una base de datos colectiva almacena todos los títulos disponibles en formato alterno

Eliminación de la duplicación y producción innecesarias

Y lo más importante, optimización del acceso a la información para el usuario, el estudiante y la persona interesada en educación continuada, lo cual se logra con la reducción en el tiempo de espera para la entrega de la información en formato alterno y la mejora en la disponibilidad de formatos.

Este proyecto piloto, cuya duración es de 12 meses, será evaluado con los siguientes criterios:

Al término de este proyecto piloto, en Marzo 2005, un reporte completo de se podrá consultar en la página de Internet del Consejo sobre Acceso a la Información Para Canadienses que no Pueden Leer Texto Impreso (Council on Access to Information for Print-Disabled Canadians)

http://www.collectionscanada.ca/accessinfo/index-e.html

Este proyecto piloto representa una situación ideal. Por un lado, el trabajo original del CNIB con las editoriales canadienses para lograr el acceso a sus archivos digitales, fué innovador y productivo para el CNIB, a la vez un programa de cubrimiento nacional, que incluye todos los productores de formato alterno del país, va aún más allá, en una situación en la que las partes se comunican de persona a persona. Todas las partes interesadas participan en la Central de Información (Clearinghouse) del proyecto: las editoriales, el gremio que representa los derechos de autor en Canadá (Access Copyright), asi como las organizaciones que representan las personas que no pueden leer texto impreso. Los ganadores son todos los canadienses, por que el país se beneficia de una ciudadanía informada y educada.

Canadá ya ha dado el próximo paso hacia el logro de un ideal. Teniendo en cuenta que los programas nacionales y la administración de los derechos de autor son cada vez más sofisticados, el siguiente paso es implementar un programa internacional basado en el modelo aqui descrito. Bajo los auspicios de la Asociación Internacional de Editoriales (International Publishers Association) y siguiendo las directrices de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (World Intellectual Property Organization, WIPO) con respecto a las excepciones de derechos de autor para personas que no pueden leer texto impreso, todos los productores de buena fé de formato alterno y que tengan un nivel específico de administración de los derechos de autor, pueden ser registrados para la transferencia autorizada de archivos de las editoriales miembros de esta organización a nivel mundial. Este es el ideal que las bibliotecas deben esforzarse por alcanzar. El cual lograremos con la participación colectiva de todos.

Referencias

Council on Access to Information for Print-Disabled Canadians, "Fulfilling the Promise: Report of the Task Force on Access to Information for Print-Disabled Canadians" Ottawa, Library and Archives Canada, 2000 http://www.collectionscanada.ca/accessinfo/s36-200-e.html

Council on Access to Information for Print-Disabled Canadians, "Vision and Implementation Plan for a Clearinghouse for Print-Disabled Canadians", Ottawa, Library and Archives Canada 2003 http://www.collectionscanada.ca/accessinfo/s36-205-e.html

Manning, Ralph, "Electronic Clearinghouse For Alternate Format Production, Pilot Proposal Project" Ottawa, Library and Archives Canada, 2004

Vaver, David, "Copyright Law", Toronto, Irwin Law 2000